IMPOSICIÓN DE MEDIDA DE SEGURIDAD SIN DOLO.
¿DERROTA DE LA IMPUTACIÓN SUBJETIVA?
DOI:
https://doi.org/10.29393/RD252-8IMJP10008Palavras-chave:
Inimputabilidad, Dolo, Medida de seguridad, Peligrosidad, Imputación subjetivaResumo
El autor comenta una sentencia del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Concepción que impone a una persona inimputable una medida de seguridad, aun cuando se establece en la sentencia que éste actuó sin dolo. Lo anterior pone de relevancia la problemática en torno a si la conformación del injusto que fundamenta la imposición de una consecuencia jurídica por la comisión de un delito, tiene un contenido diverso según se trate de un imputable o no. La respuesta afirmativa a tal interrogante llevaría a la renuncia de la exigencia de imputación subjetiva cuando se trata de una actuación no culpable. Concluye el autor que el tratamiento normativo del inimputable sigue siendo una tarea pendiente.
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