IMPOSICIÓN DE MEDIDA DE SEGURIDAD SIN DOLO.
¿DERROTA DE LA IMPUTACIÓN SUBJETIVA?
DOI:
https://doi.org/10.29393/RD252-8IMJP10008Palabras clave:
Inimputabilidad, Dolo, Medida de seguridad, Peligrosidad, Imputación subjetivaResumen
El autor comenta una sentencia del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Concepción que impone a una persona inimputable una medida de seguridad, aun cuando se establece en la sentencia que éste actuó sin dolo. Lo anterior pone de relevancia la problemática en torno a si la conformación del injusto que fundamenta la imposición de una consecuencia jurídica por la comisión de un delito, tiene un contenido diverso según se trate de un imputable o no. La respuesta afirmativa a tal interrogante llevaría a la renuncia de la exigencia de imputación subjetiva cuando se trata de una actuación no culpable. Concluye el autor que el tratamiento normativo del inimputable sigue siendo una tarea pendiente.
Descargas
Publicado
Cómo citar
Número
Sección
Derechos de autor 2022 Jaime Pacheco Quezada
Esta obra está bajo una licencia internacional Creative Commons Atribución 4.0.
El usuario podrá compartir, copiar y redistribuir el material en cualquier medio o formato para cualquier propósito, incluso comercialmente; remezclar, transformar y construir a partir del material para cualquier propósito; y usarse reconociendo el crédito a su autor de manera adecuada. Mayor información en el enlace.