LA NOCIÓN JURÍDICA DE MATERIALIDAD Y EL CUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVA RELATIVA A LA DIFUSIÓN DE INFORMACIÓN ASG.
DICTAMEN CMF Nº88837 DE 2022
DOI:
https://doi.org/10.29393/RD253-9NJLV10009Palavras-chave:
Sostenibilidad, Información ASG, Comisión para el Mercado Financiero, Información esencial, materialidad, obligación de informaciónResumo
La terminología utilizada por la normativa de mercado de valores relativa a la difusión de políticas ASG, o información extrafinanciera, se acerca más a las ciencias de la gestión que al derecho, lo que plantea dificultades al jurista que interviene en el proceso de dar cumplimiento a la normativa. Es lo que ha ocurrido con el principio de materialidad el cual, analizado a partir de su definición, nos permite concluir que su paralelismo jurídico se encuentra en el concepto de información esencial. En consecuencia, dado el hecho de que la información requerida por la norma debe estar incluida en la memoria y que el regulador ha señalado que el cumplimiento de la normativa corresponde al ejercicio de facultades de administración, resulta que es sobre el directorio que recae la responsabilidad por la veracidad, suficiencia, y oportunidad de la información que se proporciona en esta.
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