UNA PROPUESTA DE CONCEPTUALIZACIÓN DE LAS EMPRESAS QUE PRESTAN UN SERVICIO DE UTILIDAD PÚBLICA SEGÚN LA LEY N°20.393 A LA LUZ DEL PRINCIPIO DE PROPORCIONALIDAD
DOI:
https://doi.org/10.29393/RD257-14PCMV10014Palabras clave:
Servicio de utilidad pública, Responsabilidad penal de las personas jurídicas, Principio de proporcionalidad, extinción de la persona jurídica, Ley de Delitos Económicos, Exención de la penaResumen
La Ley 21.595, publicada el día 17 de agosto de 2023, introdujo numerosos cambios al modelo chileno de atribución de responsabilidad penal de las personas jurídicas. Sin duda, la modificación más relevante de las que este cuerpo de normas incorporó a la Ley 20.393 es la eliminación de la alusión al interés o provecho de la persona jurídica como condición para la configuración de su responsabilidad penal, viéndose significativamente ampliada, en consecuencia, la aplicabilidad de sanciones penales respecto de las empresas. En este escenario, se vuelve relevante determinar claramente los casos en que las personas jurídicas son exentas del cumplimiento de las penas, y especialmente de la más grave del ordenamiento jurídico, es decir, la extinción de las personas jurídicas, como sucede en el caso de las “empresas que prestan un servicio de utilidad pública”, concepto cuyos límites se pretenden esbozar en el presente trabajo.
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Derechos de autor 2025 Antonia Martínez Vargas

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