LA POTESTAD SANCIONATORIA INTRAPENITENCIARIA
UNA MANIFESTACIÓN SUI GENERIS DEL IUS PUNIENDI
DOI:
https://doi.org/10.29393/RD257-5MGTS10005Palabras clave:
Derecho Penitenciario, Potestad sancionatoria, privación de libertad, derechos fundamentales, garantías penales, ius puniendiResumen
En el contexto intrapenitenciario, la potestad sancionadora de la administración del Estado es relativamente autónoma de la ejecución de la pena privativa de libertad. Ello quiere decir que: en primer lugar, no forma parte del ámbito de la pena entendida como mera privación de la libertad ambulatoria, sino más bien conforma un sector del derecho administrativo sancionador, cuya principal peculiaridad es la sujeción expresa a estándares garantísticos del orden penal constitucional; en segundo lugar, evidencia la existencia de un ius puniendi penitenciario comprensivo de ambas manifestaciones sancionadoras: la penal y administrativa que, en el caso de la sanción de encierro en celda solitaria, se aglutinan y determinan el mayor grado de afectación de los derechos fundamentales de una persona, y; en tercer lugar, visibiliza que el criterio de las garantías como parámetro de diferenciación entre las sanciones penales y administrativas no es idóneo para el caso de los privados de libertad.
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Derechos de autor 2025 Marcela Tapia Silva

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