PAGO POR CONSIGNACIÓN. SENTENCIA DE LA I. CORTE DE APELACIONES DE CONCEPCIÓN
(JUICIO DE UNIVERSIDAD DE CONCEPCIÓN CON DUNCAN, FOX Y CÍA. LTDA.)
DOI:
https://doi.org/10.29393/RD1-6PCRD10006Palabras clave:
Jurisprudencia Corte de Apelaciones (Chile), Pago por consignación, Obligaciones civiles, Oferta de pago, Validez del pago, Depósito provisionalResumen
El comentario detalla una sentencia de la Corte de Concepción de 1932 sobre un pago por consignación, en el cual la Universidad de Concepción buscaba extinguir una deuda después de que la empresa acreedora rechazara la oferta inicial. El tribunal determinó que, cuando un acreedor rechaza injustificadamente el pago, la ley provee un mecanismo de depósito provisional para proteger al deudor de quedar a merced de voluntades arbitrarias mientras se resuelve la controversia principal. La corte resolvió revocar la decisión de primera instancia y autorizar la consignación solicitada, estableciendo que este procedimiento sirve para salvaguardar los derechos de ambas partes sin necesidad de debatir anticipadamente la validez de la deuda.
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